e-commerce – Pharma Consulting https://pharmaconsulting.pbt.com.bo/es/ Consultoría Regulatoria Inteligente Thu, 28 Apr 2022 16:46:05 +0000 es-ES hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.1 Características de la regulación de productos médicos en el Perú https://pharmaconsulting.pbt.com.bo/es/caracteristicas-la-regulacion-de-productos-medicos-en-peru/ Thu, 21 Apr 2022 22:47:12 +0000 https://pharmaconsulting.pe/?p=2399

Autoridad Reguladora

En Perú, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) es la Autoridad Nacional que supervisa el mercado de equipos y dispositivos médicos, productos farmacéuticos y productos sanitarios.

Resumen de la legislación regulatoria peruana

¿Es necesario obtener una autorización de funcionamiento como empresa previo a la comercialización de productos restringidos?

Sí, de acuerdo con la Ley N° 29459 del año 2019, en Perú, las empresas deben registrarse como un establecimiento farmacéutico denominado droguería ante la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, antes de iniciar la importación y distribución de productos. Alternativamente, las empresas extranjeras que no desean contar con una sede local en Perú, pueden contratar los servicios de un holder de registro sanitario como Pharma Consulting, que actuará como su representante ante nuestras autoridades nacionales.

¿Es necesario contar con una autorización previa para la comercialización de equipos médicos, productos farmacéuticos o productos sanitarios?

Sí, la Ley N° 29459, el Decreto Supremo 016-2011-SA y sus modificatorias establecen que, en Perú, las empresas deben contar con una autorización previa de sus productos la que puede ser un registro sanitario en el caso de equipos médicos, dispositivos y productos farmacéuticos o una notificación sanitaria obligatoria (NSO) para los cosméticos y otros productos sanitarios.

¿Existen controles de importación para equipos médicos, dispositivos, productos farmacéuticos o productos sanitarios?

Sí, la Aduana del Perú restringe el ingreso de equipos médicos, dispositivos, medicamentos, cosméticos, y otros productos restringidos establecidos en el Decreto Supremo 016-2011-SA, el Decreto Supremo 001-2012-SA y sus modificatorias. Sólo las empresas titulares de un registro sanitario, una notificación sanitaria obligatoria vigente o un certificado de estos títulos, están autorizadas para nacionalizar este tipo de productos.

¿Existen un sistema de vigilancia postcomercialización en Perú?

Sí, Perú cuenta con un sistema de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia, establecido por el Decreto Supremo 013-2014.

¿Se utilizan normas internacionales con fines de regulación del mercado farmacéutico?

Sí, la Autoridad Regulatoria en Perú evalúa los parámetros de calidad y seguridad de los equipos médicos, dispositivos, medicamentos, cosméticos, y otros productos restringidos tomando como referencia estándares internacionales como las normas ISO, normas publicadas por la FDA, reglamentos de la Comunidad Europea y otras de reconocimiento internacional.

Establecimientos que importan o distribuyen equipos y dispositivos médicos, productos farmacéuticos y productos sanitarios

En el Perú, sólo las empresas registradas como droguerías o laboratorios pueden importar y distribuir equipos y dispositivos médicos, medicamentos y productos sanitarios. Alternativamente, las empresas extranjeras pueden designar un holder de registro sanitario que la represente ante las autoridades peruanas.

Los establecimientos que comercializan equipos y dispositivos médicos, medicamentos y productos sanitarios deben contar con una autorización de funcionamiento otorgada por DIGEMID previamente a la importación, almacenamiento y distribución de productos.

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SUNAT y DIGEMID autorizan la importación de cosméticos, productos de higiene personal e higiene doméstica sin registro sanitario https://pharmaconsulting.pbt.com.bo/es/sunat-y-digemid-autorizan-la-importacion-de-cosmeticos-productos-de-higiene-personal-e-higiene-domestica-sin-registro-sanitario/ Sat, 22 Feb 2020 02:57:18 +0000 https://pharmaconsulting.pe/?p=1560

Personas naturales pueden importar productos cosméticos, productos de higiene personal y artículos para bebé sin registro sanitario o notificación sanitaria.

El Ministerio de Salud a través de DIGEMID y en coordinación con la SUNAT, ha autorizado la importación de productos sanitarios para uso personal sin la presentación del registro sanitario o notificación sanitaria obligatoria a la autoridad aduanera. La medida beneficia a todos quienes requieran productos extranjeros no disponibles en el mercado local o cuyos precios son muy elevados.

Los bienes comprendidos en esta nueva disposición son:

• Cosméticos: Esmaltes para uñas, maquillaje, lápices labiales, polvos, lociones, jabones, detergentes, perfumes, champús, desodorantes, antitranspirantes, geles, lacas, laceadores, cremas para el rostro y para el cuerpo, removedores de maquillaje, pastas dentales, enjuagues no medicados, etc.

• Artículos para bebés: Mordedores, toallitas húmedas, tetinas, biberones, lociones, aceites, talcos, etc.

• Productos absorbentes de higiene personal: Pañales desechables, toallitas húmedas, protectores de lactancia.

• Productos de higiene doméstica: Blanqueadores, quitamanchas, limpiadores de superficie, lavavajillas, pulidores de cocina.

• Otros como ambientadores, suavizantes para telas, productos absorbentes y los demás productos siempre que no proclamen propiedades ni indicadores terapéuticas o curativas.

Contáctenos al 997556699 o mediante el correo info@pharmaconsulting.pe para conocer más sobre la notificación sanitaria y registro de productos cosméticos en Perú.

 

Fuente: DIGEMID

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Comercio electrónico de productos farmacéuticos en redes sociales y páginas web https://pharmaconsulting.pbt.com.bo/es/comercio-electronico-de-productos-farmaceuticos-en-redes-sociales-paginas-web/ Wed, 21 Aug 2019 04:50:58 +0000 https://pharmaconsulting.pe/e-commerce-of-pharmaceutical-products-in-social-networks-and-web-pages/

Pharma Consulting advierte al público en general sobre el peligro de adquirir productos farmacéuticos, dispositivos médicos y otros productos sanitarios en establecimientos no autorizados o mediante anuncios en redes sociales y sitios web de comercio electrónico.

Expresamos nuestra preocupación por un aumento en los anuncios de productos que carecen de registro sanitario, anuncios que proclaman beneficios no autorizados o propiedades terapéuticas que engañan a los consumidores y promueven la automedicación. Los productos comúnmente comercializados en redes sociales y anuncios en internet son “quema grasas”, “pastillas para adelgazar”, “pastillas para prevenir la caída del cabello”, “edulcorantes”, bebidas “energizantes”, entre otros.

El uso de estos productos ilegales o adulterados supone un grave riesgo para la salud ya que en muchos casos son falsificaciones o mezclas con sustancias químicas no aptas para el consumo humano.

Pharma Consulting recuerda a los consumidores que no deben dejarse sorprender con los anuncios de productos que ofrecen beneficios poco realistas.

Contáctenos al 997556699 o mediante el correo info@pharmaconsulting.pe para conocer más sobre el registro de productos farmacéuticos en Perú.

 

Fuente: DIGEMID

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