La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) actualmente no otorga el registro sanitario a los productos que se encuentran regulados por la Ley N° 29459, “Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios y el Decreto Supremo N° 016-2011-SA, “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios“.
Productos no registrables en DIGESA
Las siguientes categorías de productos no pueden registrarse en DIGESA y, por lo tanto, deben ser registrados en la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID):
• Suplementos dietéticos (complementos, suplementos nutricionales): compuestos por una o más sustancias cuyo objetivo es complementar la dieta normal y que poseen actividad nutricional o fisiológica demostrable científicamente. Sólo se aceptan bajo formas farmacéuticas orales, como gomitas masticables, cápsulas, polvos, etc. Su condición de venta es sin receta médica en farmacias, boticas o establecimientos comerciales. Obtenga más información sobre estos productos haciendo clic aquí.
• Recursos naturales: compuestos por uno o más recursos de origen vegetal, animal o mineral trozado, molido o deshidratado que se usa como materia prima para la fabricación de preparados o productos naturales. No requiere de registro sanitario si no se proclaman propiedades terapéuticas en la etiqueta o rotulado. No poseen una forma farmacéutica.
• Productos naturales: compuestos por uno o más recursos naturales que tienen una historia ancestral de reconocimiento y uso a nivel nacional o internacional. Sólo se acepta bajo formas farmacéuticas orales, por ejemplo, las tabletas o cápsulas. La condición de venta de estos productos es con o sin receta médica.
• Productos edulcorantes: compuestos por una o más sustitutos artificiales del azúcar que no aportan calorías. Sólo se aceptan bajo formas farmacéuticas orales. Su condición de venta es sin receta médica en farmacias, boticas o establecimientos comerciales.
¿Qué sucederá con los productos actualmente registrados en DIGESA?
Los registros sanitarios otorgados por DIGESA se mantendrán vigentes hasta la fecha de su vencimiento y no podrán ser renovados. La autoridad competente para el registro de estos productos es la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID).
¿Qué productos sí pueden registrarse en DIGESA?
DIGESA continuará otorgando el registro sanitario en el caso de alimentos y bebidas industrializadas.
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